Reglamento de Primarias de la Candidatura Vecinal Vecinas y Vecin0s de Torrejón de Velasco | Creando municipio
Del 15 de febrero al 1 de marzo, elegimos entre todas y todos el equipo de trabajo que formará la lista electoral. Este documento fue validado en la Asamblea del viernes 6 de febrero de 2015.
PREÁMBULO
La Asamblea Ciudadana de Vecinas y Vecinos de Torrejón de Velasco -Creando Municipio- acuerda la presentación de una candidatura a la cita electoral del 24 de mayo de 2015. Como señal inequívoca de transparencia y participación, se consensúa que la manera de designación del equipo de trabajo que represente a la Asamblea Ciudadana en dicha cita electoral sea mediante un proceso de primarias.
ARTÍCULO I
La Comisión de Organización constituida en la asamblea del 16 de Enero de 2015 será la encargada de elaborar este reglamento, así como el calendario de todo el proceso de primarias, dependiendo de la Asamblea Ciudadana, que será la que tendrá potestad para aprobar tanto el reglamento como el calendario del proceso.
ARTÍCULO II
El calendario del proceso será el siguiente:
- 15-21 de febrero: Inscripción telemática de simpatizantes.
- 18 de febrero: Inscripción presencial de simpatizantes.
- 15-21 de febrero: Inscripción telemática de candidatos/as.
- 18 de febrero: Inscripción presencial de candidatos/as.
- 22 de febrero: Verificación del censo electoral y de lista de candidatos/as y resolución de incidencias.
- 23 de febrero: Publicación de la lista definitiva de candidatos/as.
- 23-27 de febrero: Periodo de campaña electoral.
- 28 de febrero: Jornada electoral.
- 1 de marzo: Publicación de los resultados del proceso de primarias.
ARTÍCULO III
El Censo electoral estará formado por todos/as los/as simpatizantes de Vecinas y Vecinos de Torrejón de Velasco -Creando Municipio-.
Podrán inscribirse como simpatizantes todas aquellas personas que lo deseen, que sean mayores de 16 años y estén empadronadas en Torrejón de Velasco o acrediten vivir en el municipio.
Podrán presentarse como candidatas a las primarias todas aquellas personas que estén inscritas como simpatizantes en Vecinas y Vecinos de Torrejón de Velasco -Creando Municipio- y sean mayores de 18 años .
Para poder presentar su candidatura a las primarias todos/as los/as candidatos/as deberán firmar un compromiso de cumplimiento del documento de principios éticos de Vecinas y Vecinos de Torrejón de Velasco -Creando Municipio-.
La inscripción de simpatizantes se realizará en el plazo acordado, de manera telemática en el siguiente link (por determinar), y de forma presencial en el día que se refleja en el calendario del proceso, en el lugar que se habilite para ello (se informará debidamente ) y en horario fijado en asamblea. Será imprescindible la presentación del D.N.I. y, en caso necesario, la presentación del volante de empadronamiento.
Para la inscripción de candidatos/as será necesario la presentación del D.N.I., junto con una fotocopia del mismo, una foto y un texto en el que explique sus motivos para salir elegido.
ARTÍCULO IV:
La Asamblea Ciudadana creará un Comité de Garantías que velará por la transparencia y la limpieza en el proceso.
Este Comité estará formado por todas las personas de la Asamblea Ciudadana que lo deseen, debiendo haber un mínimo de tres, siempre y cuando esas personas no se presenten como candidatos/as a las primarias.
Las funciones del Comité de Garantías serán:
- Verificación del Censo Electoral y de la lista de candidatos/as.
- Inscripción de los simpatizantes en la mesa habilitada para ello.
- Control del proceso de votación en la jornada electoral.
- Redacción del acta de la jornada electoral.
- Recuento de los votos y comunicación de los mismos.
- Resolución de incidencias.
Una vez concluido el proceso electoral el Comité se entenderá disuelto.
ARTÍCULO V
Una vez se publique la lista definitiva de candidatos/as, tanto en la web, como de manera física en el lugar que se decida en la Asamblea Ciudadana, dará comienzo la campaña electoral.
En la web aparecerá la lista con el nombre, la foto y el texto de cada candidato/a.
Cada candidato/a puede hacer campaña en redes sociales, y si convoca un acto deberá comunicarlo al Comité de Garantías.
Se dará por concluida la campaña electoral a las 23:59 horas del día acordado en el calendario del proceso.
ARTÍCULO VI
La votación se realizará de manera presencial en una mesa que se ubicará en un lugar acordado en la Asamblea Ciudadana en horario de 11:00-18:00 horas, excepto en el caso de que la totalidad del Censo haya votado, momento en el cual se daría por concluida la jornada electoral.
El sistema de votación se realizará del siguiente modo: en cada papeleta aparecerá reflejado el nombre de todos/as los/as candidatos/as junto a su foto, y cada elector marcará una X en el recuadro de cada candidato/a que elija, marcando un mínimo de tres y un máximo de once candidatos/as.
El equipo de trabajo que representará a la Asamblea Ciudadana en la cita electoral se conformará de catorce personas, y el orden de la lista se decidirá por el número de votos obtenidos por cada candidato, exceptuando las modificaciones por criterios de paridad de género, como marca la ley electoral, no pudiendo ser inferior del 40% la cantidad de personas de un mismo sexo (siempre que haya candidatos/as suficientes para alcanzar este porcentaje).
En caso de que la lista inicial no se ajustara a esos porcentajes mínimos y hubiera que corregirla por criterios de paridad de género, se sustituiría los últimos elegidos en la lista del sexo del que hubiera sobrerrepresentación por los primeros del sexo con subrepresentación, de uno a uno hasta cumplir con ese porcentaje mínimo del 40%.
En caso de empate a votos de dos o más candidatos/as, su orden en la lista se definirá mediante sorteo. Este sorteo lo realizará la Comité de garantías el mismo día de las elecciones y deberá reflejarlo en el acta del día.
Una vez elegido al equipo de trabajo que representará a la Asamblea Ciudadana en las elecciones municipales, éste se reunirá y de manera consensuada deberá elegir al portavoz que encabezará la lista electoral de Vecinas y Vecinos de Torrejón de Velasco -Creando Municipio-, que deberá ser ratificado por la Asamblea Ciudadana.
Asimismo, y siempre respetando y dando prioridad al orden votado por los/as simpatizantes, las personas que integren ese equipo de trabajo podrán renunciar a su posición inicial en la lista si así lo decidieran para ocupar un puesto más bajo. En cualquier caso, cualquier cambio deberá ser consensuado por todo el equipo de trabajo.
Los integrantes del equipo de trabajo deben comprometerse, siempre que su vida personal o profesional lo permita, a acudir a todas las asambleas, plenarios, plenos del ayuntamiento (sean o no concejales ) y todos aquellos actos en los que se necesite que el equipo de trabajo electo intervenga o tome decisiones.
En el caso de que el número de candidatos/as sea inferior al mínimo requerido para poder concurrir a la cita electoral, se convocará a la Asamblea Ciudadana de manera extraordinaria, para que, de manera voluntaria, cualquier simpatizante se presente para conformar la lista. Si los/as voluntarios/as que se presentaran, en este caso, superaran a los necesarios, por sorteo se decidirá quienes se incorporan al equipo de trabajo, al igual que su orden en la lista, se definiría también por sorteo.
ARTÍCULO VII
Cuando el horario de votación llegue a su fin el día de la jornada electoral, los miembros del Comité de garantías que hayan sido integrantes de la mesa electoral, procederán al recuento de los votos. Cada candidato/a podrá enviar un representante a observar el proceso de recuento y en su caso, el sorteo de puestos en caso de que hubiera empate.
El resultado se reflejará en un acta, que deberá ser firmada por los miembros de la mesa electoral y por los representantes de los/as candidatos/as que estén presentes en el momento del recuento.
El acta deberá reflejar las incidencias acaecidas el día de la votación, si es que se hubiera producido alguna.
Los miembros del Comité de Garantías se encargarán de la comunicación del resultado del proceso para su posterior publicación.
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